El internet contemporáneo fue establecido a partir de un acuerdo muy simple: mostrar quién eres, cuáles son tus preferencias y opiniones, a cambio de realizar búsquedas, compartir contenido e interactuar en el plano digital.
De esta manera, millones de usuarios detallaron sus intereses en Google y Facebook, hecho que respaldó una cantidad absurda de información y que eventualmente sería aprovechada para fines publicitarios; en ese sentido, las empresas encontraron una manera de hacer dinero y las personas continuaron al compartir sus intereses. Ante ello, se ha tornado privacidad en un factor obsoleto.
Este modelo de vigilancia se ha convertido en la base de los servicios gratuitos de las redes sociales y del buscador que predomina en el plano digital: Google. Si bien comenzó a adoptarse un enfoque reactivo y un poco fragmentado frente a la propagación de las famosas fake news y el uso indebido de los datos personales, la publicación y difusión de información continua sucediendo de manera irresponsable.
Luego de darse a conocer las acciones que la empresa Cambridge Analytica implementó durante dos importantes procesos democráticos: las elecciones presidenciales de Estados Unidos en 2016 y la salida de Gran Bretaña de la Unión Europea, mejor conocida como Brexit, diversos investigadores y periodistas comenzaron a cuestionarse sobre el robo, manejo y manipulación de datos, la seguridad no garantizada a través de redes sociales, y claro, la suma de dinero que se puede obtener con una gran base de datos.
Tal polémica llegó al Congreso y el Senado de Estados Unidos, y se desató un gran movimiento en contra de Facebook que apelaba al abandono de la misma. Sin embargo, la red social sigue tan fuerte como antes, solo hace falta ver al número de usuarios e ingresos de información.
Pese a los discursos que Zuckerberg ha dirigido a los usuarios con la tesis de protección de datos y privacidad, el camino por la red social es cuestionable, en tanto que no permite desaparecer completamente de la faz digital. Por ende, la pregunta sugerida y que persiste en aquellas personas que exigen la devolución de sus datos personales, es la siguiente: ¿Qué deberían hacer los legisladores para proteger los datos de las personas?
Ante la necesidad de protección de una red que no olvida, ha sido aceptada por la Comisión Europea, la propuesta de una regulación de este derecho en el proyecto de reglamento general de protección de datos personales.
El derecho al olvido pretende proteger la reputación y dignidad de una persona a través de la eliminación de vínculos o información que pudieran afectar al usuario. Esto es posible a partir de la desvinculación entre la información y los buscadores, o bien, que el mismo usuario oculte o elimine el contenido.
Este derecho no se propuso en una ley o algún tratado internacional, sino que ha fungido como alternativa de resolución jurídica. El antecedente que destaca es el Caso Costeja, en el que la Corte de Justicia de la Unión Europea determinó que Google debía retirar una nota que aparecía en el periódico español La Vanguardia, que refería una subasta de inmuebles por deudas a la seguridad social.
En ese sentido, la Agencia Española de Protección de Datos consideró que quienes gestionan los motores de búsqueda, están sometidos a la normatividad en materia de protección de datos, por tanto, se decidió que es posible solicitar (ordenar, en el caso Costeja) la retiración de dicha información, además de imposibilitar el acceso a ciertos datos cuando éstos afecten la dignidad de la persona y la protección de datos.
Si bien, la idea de legislar el derecho al olvido puede tener sentido, surgen distintos debates para ponerlo en marcha; no puede ser un dote arbitrario y tampoco es posible implementarlo como un derecho fundamental. Se habla de una facultad que determine límites a la perennidad de la información, sin embargo, ésta puede coartar el derecho a la información.
En 2016 se presentó una iniciativa para implementarlo en la Constitución de la Ciudad de México, pero no se impulsó por la presión mediática. Diversas plataformas y organizaciones como Artículo 19 y Animal Político, expresaron que el derecho al olvido puede ser utilizado para restringir información relevante y útil para la sociedad, bajo argumentos centrados en la privacidad y protección de datos personales aplicados de manera equívoca e inconstitucional, mismos que también atentan contra la libertad de expresión.
Se argumentó también que los funcionarios, consejeros, fiscales de organismos autónomos y ministros cuentan con un pasado que es de interés público y en ocasiones, sólo es posible conocer la información que se encuentra publicada y disponible en internet. La iniciativa no avanzó y sólo quedó en un intento de legislar la actividad virtual en materia de protección de datos y vida privada.
Es preciso mencionar que cualquier medida que se adopte respecto al derecho al olvido será polémica, sin duda, y deberá considerar los diversos matices y situaciones particulares, además de que convendrá contemplar los cambios tecnológicos continuos. Sin embargo, estos obstáculos no deberían impedir una legislación que le permita a las personas tener control sobre sus datos personales.
El camino por el plano digital aún es dudoso y con los antecedentes de los motores de búsqueda y las mismas redes sociales, se precisa recorrerlo con cautela.